La constancia de retenciones es un documento fiscal que emite la persona o entidad que retiene impuestos a un tercero, con el fin de comprobar ante el SAT el monto del ingreso pagado y del impuesto retenido. Este documento sirve para que el contribuyente pueda acreditar el ISR retenido y evitar una doble tributación.
A continuación, te explico los principales casos en que procede:
1. Honorarios (personas físicas con actividad profesional)
Cuando un profesionista presta servicios a una persona moral, esta última tiene la obligación de retener el 10% de ISR y dos tercios del IVA trasladado, según los artículos 106 y 113 de la Ley del ISR y el artículo 1-A fracción II inciso a) de la Ley del IVA.
La constancia de retención permite al profesionista acreditar dicho ISR en su declaración anual o en sus pagos provisionales.
2. Arrendamiento (rentas de inmuebles)
En los casos en que una persona moral paga renta a una persona física, también debe retener ISR conforme al artículo 116 de la Ley del ISR y dos tercios del IVA, conforme al artículo 1-A fracción II inciso a) de la Ley del IVA.
El arrendador puede utilizar esta constancia para acreditar el ISR retenido contra el impuesto a pagar.
3. Dividendos o utilidades distribuidas
Cuando una sociedad reparte utilidades a sus socios o accionistas, debe retener el ISR del 10% sobre el monto distribuido, de acuerdo con el artículo 140 de la Ley del ISR.
La constancia de retención permite al socio comprobar que ese impuesto ya fue pagado, evitando duplicar el gravamen en su declaración anual.
4. Plataformas digitales (como Uber, Didi, Amazon, Airbnb o YouTube)
Las empresas tecnológicas que intermedian servicios o ventas están obligadas a retener ISR e IVA a los prestadores de servicios o vendedores que operan a través de sus plataformas, conforme a los artículos 113-A al 113-G de la Ley del ISR y 18-J al 18-M de la Ley del IVA.
Estas retenciones sustituyen los pagos provisionales mensuales y se reflejan en una constancia que el contribuyente puede usar para presentar su declaración anual o comprobar ingresos ante el SAT.
5. Intereses (bancos e instituciones financieras)
Las instituciones financieras deben retener ISR sobre los intereses pagados a personas físicas, según el artículo 54 de la Ley del ISR.
El banco o institución emite una constancia que muestra el total de intereses pagados, los intereses reales y el impuesto retenido, para que el contribuyente pueda acreditar esa retención en su declaración anual.
Importancia de su emisión
Aunque en muchos casos el CFDI de retenciones y pagos ya cumple con esta función digitalmente, las constancias en formato físico o PDF siguen siendo válidas como soporte adicional, especialmente cuando:
- La autoridad las solicita como evidencia en una revisión.
- El contribuyente necesita acreditar ante terceros (como bancos o auditores) el pago de impuestos retenidos.
Emitirlas correctamente garantiza transparencia fiscal, fortalece la deducibilidad de los gastos y demuestra cumplimiento oportuno de obligaciones fiscales.
Efecto fiscal:
La constancia de retenciones tiene un papel clave en la comprobación del ISR ya retenido y enterado al SAT. Permite al contribuyente:
- Acreditar correctamente las retenciones en su declaración.
- Evitar duplicar el pago del impuesto.
- Demostrar la procedencia de los ingresos declarados.
En conclusión, este documento no solo es una formalidad, sino una herramienta fundamental para mantener coherencia fiscal entre el pagador, el receptor y la autoridad tributaria.

