Emitir o recibir un CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet) no solo se trata de tener una factura.
Detrás de cada CFDI hay un uso fiscal que define si ese gasto podrás deducirlo o no, tanto en tu contabilidad como en tu declaración anual.
Elegir mal el uso puede provocar que el SAT no reconozca tus deducciones o que pagues más impuestos de los que te corresponden.
Veamos, paso a paso, cómo funciona este sistema y qué debes cuidar según tu tipo de contribuyente.
Usos de CFDI y para quién aplican (Personas Físicas o Morales)
Cuando alguien te emite una factura, debe indicar el uso del CFDI, que es una clave que define para qué utilizarás ese gasto o ingreso.
El SAT tiene varios catálogos, pero los principales son estos:
| Uso del CFDI | Descripción | Aplica a Personas Físicas | Aplica a Personas Morales |
| G01 | Adquisición de mercancías | ✅ | ✅ |
| G03 | Gastos en general | ✅ | ✅ |
| I01 | Construcciones | ✅ | ✅ |
| D01 – D10 | Deducciones personales (salud, educación, seguros, etc.) | ✅ | ❌ |
| P01 | Por definir (ya no se recomienda) | 🚫 | 🚫 |
Importante:
- Las personas morales (empresas) no pueden usar deducciones personales (serie “D”).
- Las personas físicas sí pueden usar ambos tipos: los gastos generales (para su actividad) y los personales (para su declaración anual).
¿A qué categoría debo ir para deducciones personales (“D”)?
Las deducciones personales solo aplican para personas físicas y se declaran una vez al año en la Declaración Anual (artículo 151 de la Ley del ISR).
Son gastos que no están relacionados con una actividad empresarial, sino con tu bienestar o el de tu familia.
| Clave CFDI | Tipo de gasto deducible | Ejemplo |
| D01 | Honorarios médicos y dentales | Consultas médicas, dentistas |
| D02 | Gastos hospitalarios | Hospital, análisis clínicos |
| D03 | Primas de seguros de gastos médicos | Seguro médico privado |
| D04 | Intereses reales por créditos hipotecarios | Créditos para casa habitación |
| D05 | Donativos | A instituciones autorizadas |
| D07 | Transporte escolar obligatorio | Si lo exige la escuela |
| D08 | Aportaciones complementarias al retiro | AFORES voluntarias |
Tip: Pide tus facturas siempre con tu RFC y con el uso correcto (“D”).
Si lo registras como “Gastos Generales (G03)”, el SAT no lo tomará como deducción personal, aunque el gasto sea válido.
Gastos generales (“G”) y (“I”)
Estos son los que aplican cuando realizas una actividad económica, ya sea como:
- Persona física con actividad empresarial o profesional
- Persona moral (empresa)
| Clave | Uso del CFDI | Aplicación |
| G03 | Gastos en general | Papelería, renta, servicios, internet |
| I01 | Construcciones | Obras o remodelaciones |
| G01 | Adquisición de mercancías | Compra de productos para venta |
Estos gastos se registran mes a mes y sirven para disminuir tus ingresos acumulables.
En cambio, los “D” no se aplican mes a mes, sino hasta la declaración anual.
¿Qué gastos te aplican según tu régimen?
Cada régimen fiscal tiene reglas diferentes:
| Régimen Fiscal | Tipos de gastos que puedes deducir | Ejemplos |
| Sueldos y salarios | Deducciones personales (“D”) | Médicos, escuela, intereses, seguros |
| Actividad empresarial o profesional | Gastos generales (“G”) e inversiones (“I”) | Renta, luz, gasolina, papelería |
| Arrendamiento | Gastos relacionados con el inmueble (“G”) | Mantenimiento, predial, agua, luz |
| Plataformas tecnológicas | “Gastos en general” y comisiones | Internet, equipo, servicios |
| RESICO Personas Físicas | No aplica deducción de gastos para ISR, sólo IVA (“G”) e inversiones (“I”) | Renta, luz, gasolina, papelería |
Antes de pedir una factura, identifica tu régimen.
Eso te dirá si debes solicitarla como “D” (deducción personal) o “G” (gasto deducible).
Tipos de gastos: personales y generales
| Tipo de Gasto | Uso CFDI | Aplicación | Declaración |
| Personales | Serie “D” | Salud, educación, vivienda, donativos | En la anual |
| Generales | Serie “G” o “I” | Gastos del negocio o profesión | En pagos provisionales y anual |
Ejemplo rápido:
Si pagas una consulta médica y eres asalariado → uso “D01”.
Si pagas internet para tu despacho → uso “G03”.
¿Cuándo mostrar un resumen de ingresos y deducciones?
Dependerá de tu régimen:
| Régimen | Periodicidad de presentación | Reporte o declaración que aplica |
| Sueldos y salarios | Anual | Declaración anual en abril |
| Actividad empresarial o profesional | Mensual y anual | Pagos provisionales + declaración anual |
| Arrendamiento | Mensual y anual | Pagos provisionales + declaración anual |
| RESICO PF | Mensual y anual | Declaración simplificada precargada |
Guarda tus CFDI y organízalos según su tipo (“D”, “G” o “I”).
Así, cuando llegue tu declaración, sabrás exactamente qué deducciones puedes aplicar.
El CFDI no es solo una factura, es la base de tu control fiscal.
Si usas los códigos de uso correctos (“D”, “G” o “I”), podrás aprovechar tus deducciones y evitar que el SAT rechace tus gastos por errores administrativos.
Recuerda: una factura con el uso equivocado puede ser tan grave como no tenerla.
Anexo 1

